El Gobierno del presidente Abelardo De La Espriella definió qué contrataciones por prestación de servicios podrán mantenerse pese al recorte previsto para 2027. Las excepciones cobijan necesidades relacionadas con obligaciones legales o judiciales, servicios esenciales, seguridad y protección, atención de emergencias, proyectos con financiación específica y compromisos internacionales, entre otros casos indispensables.
La medida quedó establecida en la Circular Externa 08 del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE), expedida el 15 de octubre de 2026. El documento fija un límite para la programación de nuevas contrataciones y obliga a las entidades a revisar si pueden atender sus funciones con el personal que ya tienen.
La circular contempla situaciones en las que las entidades podrán justificar nuevas contrataciones por prestación de servicios, incluso bajo las restricciones de austeridad.
Una de las excepciones corresponde a las obligaciones legales o judiciales que exijan la contratación de servicios específicos. También se incluyen las actividades indispensables para garantizar servicios esenciales, así como las labores de seguridad y protección.
La atención de emergencias es otra de las situaciones contempladas. En estos casos, las entidades podrán sustentar la necesidad de contratar personal para responder a circunstancias que requieran una intervención que no pueda cubrirse con los recursos existentes.
El documento también contempla proyectos con financiación o destinación específica y compromisos internacionales. La lista incluye otras situaciones objetivamente indispensables, siempre que la entidad pueda justificar la necesidad de la contratación.
Sin embargo, estar vinculado a una de estas áreas no garantiza automáticamente la renovación de un contrato. Cada entidad deberá documentar la excepción y explicar por qué necesita contratar, cuánto costará el servicio, cuál será su duración y por qué no puede atender la necesidad con el personal disponible.
La nueva directriz establece que, desde el 1 de enero de 2027, la programación de nuevas contrataciones por prestación de servicios deberá orientarse a un máximo del 25 % de la línea base correspondiente al universo y al valor de los contratos celebrados durante 2025 y 2026.
Esto implica una reducción potencial del 75 % frente a esa referencia, cuando se aplique el límite al número de contratos o a su valor. La metodología de cálculo deberá quedar documentada y ser verificable, sin duplicidades ni modificaciones artificiales de la base de comparación.
Por ejemplo, si una entidad tuvo una línea base de 100 contratos y el límite aplicable es de 25, la programación ordinaria no podrá superar esa cifra bajo el criterio correspondiente. Los casos excepcionales deberán justificarse conforme a la circular.
La disposición no significa que exista una lista nacional con el nombre del 25 % de contratistas que conservarán sus vínculos. La decisión sobre las necesidades que deben cubrirse dependerá de cada entidad y de la aplicación de los criterios establecidos.
Los contratistas que desarrollan actividades que las entidades puedan redistribuir entre sus funcionarios, cubrir con capacidades existentes, simplificar mediante cambios operativos o atender mediante automatización podrían verse afectados por la reducción de nuevas contrataciones.
Antes de contratar, las entidades deberán evaluar alternativas como la redistribución de cargas, la movilidad interna, el aprovechamiento de capacidades existentes, la simplificación de procesos y la interoperabilidad.
La circular no identifica individualmente a las personas que perderán sus contratos ni establece que todos los vínculos vigentes terminen automáticamente. El impacto dependerá de las decisiones de cada entidad, las necesidades del servicio, los contratos existentes y las excepciones que puedan sustentarse.
Los ministerios, departamentos administrativos y demás entidades destinatarias deberán consolidar información periódica sobre el número y el valor de los contratos, la línea base de 2025 y 2026, las excepciones autorizadas, el ahorro estimado y las medidas correctivas.
Los reportes trimestrales permitirán hacer seguimiento a la aplicación de los lineamientos de austeridad.
La directriz empezará a surtir efectos el 1 de enero de 2027. Hasta entonces, el alcance de las contrataciones dependerá de la aplicación de las reglas establecidas por el Gobierno y de las necesidades justificadas de cada entidad.
Fuentes de consulta: Circular Externa 08 del DAPRE; información publicada por El Espectador, Valora Analitik y El Colombiano sobre los nuevos límites a la contratación estatal.




